Despejando dudas sobre el impacto de las nuevas leyes laborales con el abogado Ricardo Solla
Para analizar los recientes cambios en la normativa de los juicios laborales en Argentina, y conocer sobre cómo estas modificaciones afectarán tanto a trabajadores como a empleadores, desde Despertar Entrerriano nos comunicamos con el abogado laboralista Ricardo Solla.
Principales Cambios en la Normativa Laboral
Según el experto uno de los cambios más significativos radica en el régimen indemnizatorio. Aunque la ley no modifica directamente el régimen actual, habilita a que cada gremio y convenio colectivo establezcan mecanismos indemnizatorios específicos. «Este mecanismo permite a los gremios negociar un fondo de cese laboral que estaría a cargo del empleador,» explicó Ricardo, haciendo énfasis en que la ley no establece el mecanismo en sí, sino que solo otorga la posibilidad de implementarlo.
Otro cambio crucial, según el profesional, se da en las indemnizaciones agravadas para trabajadores no registrados o mal registrados. Estos cambios se han realizado con la ley 24013 y también la 25323, con la nueva normativa, las sanciones a los empleadores por mantener a trabajadores en condiciones irregulares se eliminan directamente. «Estas indemnizaciones agravadas consistían en un incremento indemnizatorio a favor del trabajador que estuvo sometido a un régimen irregular, en el cual en general no tenía aporte jubilatorio, no tenía cobertura de riesgo de trabajo, no tenía obra social. Ahora se ha eliminado todo eso, y es casi lo mismo tener a un trabajador registrado o no; porque no recibe prácticamente ninguna sanción el empleador”, mencionó.
¿Qué impacto tienen estos cambios en los derechos de los trabajadores y en las obligaciones de los empleadores?
Respecto al impacto de estos cambios, Ricardo señaló que las reformas si bien afectan en lo económico son en gran medida ideológicas y, aunque aún es temprano para determinar su alcance total, es probable que aumenten la litigiosidad en lugar de disminuirla. “En realidad no sabemos todavía exactamente, porque el fondo es ese laboral con el que se pretende reemplazar las indemnizaciones; pero todavía no sabemos en qué consiste específicamente, en qué podrían consistir todos esos fondos de cada actividad” señaló, ya que el único vigente hasta el momento es el fondo laboral del régimen de la construcción, el resto no lo ha empezado a implementar todavía.
“Este es un sistema en el que el trabajador puede ser despedido sin ninguna causa. Se busca que el empleador tenga la libertad de despedir al trabajador sin necesidad de justificar la causa» comentó, señalando que esto podría generar incertidumbre, especialmente en sectores fuera de la construcción, ya que en el régimen de la construcción este tipo de mecanismos ya existe.
Además, el experto destacó que es difícil que estas reformas encuentren una justificación para el resto de las actividades (fuera de la construcción), porque “en Argentina tenemos una norma constitucional que garantiza el derecho del trabajador contra el despido arbitrario. En el artículo 14 b de la Constitución Nacional está específicamente prohibido. Entonces, lo que va a pasar según mi punto de vista, es que la litigiosidad, yo creo que se va a ver aumentada con todas estas cuestiones”, afirmó.
-En la actualidad, ¿qué tipo de reclamos laborales son más comunes en general?
“El trabajo en negro, el trabajo sin registrar porque yo creo que, desde mi conocimiento, hay más del 50% de trabajo informal en Argentina. Esa es una cuestión muy complicada porque los trabajadores no tienen ningún tipo de cobertura. No tienen protección de obra social, no tienen absolutamente nada, llegan a tener un accidente de trabajo y no tienen cobertura y en la generalidad de los casos, después tienen que transitar durante un juicio que puede llevar un año, dos años, depende, para poder obtener una reparación. Y todo ese tiempo es muy complicado para el trabajador porque, en algunos casos, no tiene capacidad por estar lesionado, y no puede realizar la misma actividad. Son cuestiones que afectan mucho al trabajador”.
-¿Qué consejos daría a un trabajador que está enfrentando un juicio laboral, ahora frente a las nuevas regulaciones?
“Lo que pasa es que al trabajador que ya está enfrentando un juicio laboral no se le afecta la demanda con las nuevas regulaciones. No tiene el efecto de modificar un reclamo ya iniciado. Pero el consejo que yo le daría, es un consejo en general, que siempre se asesoren con alguien que conozca la materia, que no dejen de asesorarse. Porque hay mucho ruido en los medios masivos de comunicación. Por la televisión, sobre todo, se escuchan muchas cosas que o son erróneas o son muy tendenciosas, y la gente por ahí, lógicamente, se puede quedar con lo que escucha. Pero yo lo que les aconsejaría es que siempre se asesoren”.
-¿Qué recomendaciones daría a los empleadores para cumplir con las nuevas normativas?, y ¿cómo pueden los trabajadores asegurarse de que sus derechos sean respetados bajo ellas?
“Los empleadores que estén con algunos contratos irregulares no registrados o deficientemente registrados, tienen 90 días corridos desde la publicación de la ley para regularizar las relaciones laborales. Y ahí tienen todo un régimen de condonación de deudas que van del 70 al 100% y se les podrían computar de regularizar hasta 5 años de aporte a los trabajadores para la asignación y tienen una serie de beneficios. Y el trabajador, digamos que es la parte castigada en toda esta reforma y lo que le aconsejaría es que no se deje avasallar y que se asesore”.
Ricardo Solla – Abogado Laboralista
Contacto: 345-4028498
Domicilio: La Rioja 1335 de Concordia






