¿Qué hacer después de un accidente de tránsito? Consejos de una especialista
DESPEJANDO DUDAS: Por la abogada Belén Briceño.
Conocer los pasos a seguir después de sufrir un accidente de transito es esencial para proteger tus derechos y evitar complicaciones legales; desde Despertar Entrerriano nos comunicamos con Belén Briceño, abogada especializada en accidentes de tránsito y seguros.
En momentos de estrés y confusión después de un accidente de tránsito ¿Que hacer? ¿Cómo actuar?
Según la profesional, es esencial:
– Mantener la calma : A pesar del shock inicial, hay que tratar de mantener la calma y no mover los vehículos involucrados.
– Llamar a las autoridades pertinentes : Si el accidente solo resulta en daños materiales, llamar a tránsito y si hay heridos, a una ambulancia y, en este punto, también intervendrá la policía. En el caso de accidentes más graves en el cual hay uno o más muertos, también se contará con la presencia de un fiscal.
– Presentar la documentación importante : Hay que tener a mano el carnet de conducir, el registro del vehículo (ya sea el plástico verde o azul), y la póliza de seguro vigente.
– Y fundamental, no mover los vehículos involucrados : ya que el croquis del lugar del accidente es crucial para determinar la responsabilidad.
Este último, según la abogada Belén Briceño, es uno de los errores más comunes en un siniestro de tránsito, y perjudica más la situación, ya que mover los vehículos antes de que los inspectores de tránsito lleguen al lugar, impide que se hagan los croquis detallados, y puede afectar la determinación de la responsabilidad, además que los mismos (croquis) son esenciales para futuras investigaciones y reclamos de seguro.
Diferencias entre reclamo de seguro y demanda judicial
En un reclamo de seguro, se busca un acuerdo con la aseguradora para compensar los daños sufridos, mientras que en una demanda por accidente de tránsito, se busca una sentencia del juez, la cual puede incluir montos más altos y considerar otros rubros.
Para ser más específicos:
El reclamo de seguro, puede ser realizado por cuenta propia a través de portales de aseguradoras, además puede no considerar todos los rubros de daño, y busca un acuerdo extrajudicial con la aseguradora.
Sin embargo, la demanda judicial, implica la intervención de un juez y requiere pruebas sustanciales. Considera una amplia gama de daños, incluyendo lesiones menores y los montos otorgados en una sentencia judicial suelen ser más altos que un acuerdo extrajudicial.
¿Cómo se determina la responsabilidad en un accidente de tránsito?
Según la experta, la responsabilidad en un accidente de tránsito se determina en función del cumplimiento o incumplimiento de las normas de tránsito establecidas por la ley. Estas normas son fundamentales para establecer quién es responsable y en qué medida en un accidente.
– ¿Cuáles son los tipos de daños que un individuo puede reclamar después de un accidente de tránsito?
Belén Briceño nos explicó que los tipos de daños que se pueden reclamar después de un accidente incluyen daños materiales, daños físicos, daño psicológico, daño moral y gastos terapéuticos.
«En una demanda uno puede reclamar un abanico enorme de rubros y montos, tal vez para lo que a una persona le constituye un daño, para otra no. Pero básicamente los rubros que se reclaman son los daños materiales, los que uno sufre sobre sus bienes, tanto una moto, un auto, etc. Además de los daños en la persona misma, que es el daño físico, la incapacidad sobreviviente que una persona pueda llegar a tener producto de un accidente, una incapacidad laboral, el daño psicológico, la perturbación en el equilibrio emocional de una persona que tenga un hecho causal o relación con el hecho del accidente que sufrió, el daño moral, que básicamente el daño moral es el sufrimiento físico que la persona padece, provocado por las lesiones, el proceso de curación que ha tenido, todo lo que ha tenido que pasar, etc.»
Y detalló que «hay mucha gente que tiene que pasar mucho tiempo en cama, o hasta, por ejemplo, sin los medios económicos para poder conseguir los medicamentos. Y ahí es donde entran el daño moral, los gastos terapéuticos de farmacia, los médicos, los traslados, y todos esos gastos, todos estos rubros pueden reclamarse en una demanda».
– ¿Cuáles son los plazos para presentar un reclamo por accidente de tránsito?
«El plazo de prescripción en accidentes de tránsito es de tres años, por eso es importante que la gente se asesore, porque a veces pasa que la gente hace un reclamo hasta judicial o ingresa el reclamo por la página de la aseguradora y no llega al ofrecimiento, luego cuando quieren acordar pasó el tiempo y después está prescripto».
– ¿Qué sucede si el conductor culpable no tiene seguro o es insolvente?
«Eso es lo peor que te puede pasar, porque uno antes de iniciar una demanda, averigua, investiga a la persona, si justo el que te chocó es el responsable del accidente y no tiene bienes, no tiene ingresos, hay que meditar a ver si vale la pena meterse en una demanda, en un juicio, que también genera gastos; porque uno puede llegar a una sentencia hermosa, divina, pero después llevarla a la práctica es imposible, no se puede cumplir, porque no hay manera de ejecutarla».
– ¿Qué recomendaría como profesional en estos casos?
«Honestamente, con toda franqueza, no conviene efectuar una demanda, porque es generar gastos a la persona, gastos de notificación, de adelanto de gastos de perito y demás, y todo coincide a lo mismo. Uno puede llegar a una sentencia condenatoria, pero después, ¿cómo la llevas a la práctica?
¿De dónde te agarrás? Porque si no hay bienes para ejecutar, no hay ingresos, no hay nada, no se puede cobrar».
– ¿Cuál es el proceso de negociación con las compañías de seguros?
«Estando en negación, el abogado tiene que trasladar al abogado apoderado de la compañía aseguradora todas las constancias del reclamo; el croquis, el título de propiedad del vehículo de la persona que reclama, los presupuestos o las fisuras en el caso de que se han pagado ya el arreglo, o el croquis, y el abogado de la compañía lo traslada a la aseguradora. Eventualmente puede haber un ofrecimiento o no. Hay aseguradoras que son de primera línea y enseguida que hay un reclamo, están haciendo ofrecimientos o le buscan la vuelta para no llegar a un juicio. Y después hay otras aseguradoras que honestamente no son de primera línea y no son buenas, y la premisa que tienen es hacer la demanda; y a veces hasta al día de la demanda, las aseguradoras no cumplen las sentencias y hay que hacer un nuevo juicio y hay que escuchar a los abogados de sentencia. Me ha pasado también casos de aseguradoras que habiendo una sentencia firme, hacen arreglos o convenios de pago a 30, 60, 90 días, y la persona está con una expectativa de cobro que capaz no llega porque la compañía no paga. En ese caso lo único que tienen es una ejecución de sentencia para tratar de embargar las cuentas bancarias que tenga esta compañía.»
– ¿Cómo afecta el registro de conducir y el historial de accidentes a las reclamaciones de seguros?
«Básicamente, el tema del registro de conducir, la falta del registro, hasta también a veces la falta de uso de casco, son circunstancias que no inciden en la mecánica del accidente ni en la determinación de la responsabilidad. Porque tal vez, por ejemplo, un motociclista sin carnet de conducir viene circulando por la derecha y el que lo embiste es uno que viene por la izquierda, entonces no tiene la responsabilidad del accidente. O sea que el hecho de que tenga carnet de conducir o no, es algo que puede cargarle una multa, es algo administrativo, pero no le hace responsable del accidente».
– ¿Qué consejos puede dar a las personas que estén involucradas en accidentes de tránsito?
«Es algo feo tener un accidente de tránsito, lo mejor es tratar de estar lo más calmados posible, sacar fotos; a los vehículos, dónde quedan, a los daños del vehículo y tratar de buscar un testigo en ese mismo momento, tratar de conseguir los teléfonos, los nombres, porque después es muy difícil tratar de localizar a la gente, para que sea el testigo de cómo fue el hecho. También es importante siempre circular en regla, sobre todo con el seguro, con la póliza que paga al momento del accidente. Esto es primordial».
Y también señaló que «lo importante ante un accidente de tránsito es que a veces en un choque chico, de esos donde solo ocurren daños materiales, sin lesionados, donde el que te choca, viene alcoholizado. Muchas veces uno se indigna y en el enojo empieza a decir «está alcoholizado» y llama a la policía, en definitiva nos estamos perjudicando porque si la compañía se entera no te van a cubrir nada, te van a declinar la cobertura», aseguró. «Así que en esos casos lo mejor es hacerse el distraido y que la compañía no se entere» concluyó.
Ma. Belén Briceño
M° 7434 CAER
Consultas 3454094253
Estudio: Pellegrini 265 de Concordia






