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En qué casos los hijos deben mantener a sus padres según la legislación argentina

En qué casos los hijos deben mantener a sus padres según la legislación argentina

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El Código Civil y Comercial establece el deber de asistencia hacia los padres cuando no pueden sostenerse por sí mismos. La obligación tiene límites y puede reclamarse judicialmente.

¿Los hijos están obligados a mantener a sus padres? Es una consulta cada vez más frecuente en familias donde los adultos mayores necesitan apoyo económico, asistencia cotidiana o acompañamiento para afrontar problemas de salud. En Argentina, el Código Civil y Comercial establece que los hijos tienen un deber legal de asistencia hacia sus padres cuando estos no pueden cubrir sus necesidades básicas por sus propios medios.

Especialistas en derecho sucesorio y planificación patrimonial explican que esta obligación no se limita al aspecto económico y, en determinadas circunstancias, incluso puede ser exigida por vía judicial.

Qué establece la ley

La legislación argentina dispone que la obligación alimentaria entre padres e hijos es recíproca. Así como los padres deben garantizar el sustento de sus hijos cuando son menores o no pueden mantenerse por sí mismos, los hijos también deben asistir a sus padres cuando estos carecen de recursos suficientes.

El abogado especializado en planificación patrimonial y sucesoria, Leonardo J. Glikin, explicó que «no es un deber moral difuso, sino una obligación legal, exigible judicialmente si no se cumple de manera voluntaria».

En consecuencia, un padre o una madre que no pueda afrontar sus gastos esenciales puede iniciar un reclamo judicial para solicitar alimentos a sus hijos.

La asistencia no se limita al dinero

El deber legal comprende mucho más que un aporte económico. La prestación alimentaria incluye todo lo necesario para garantizar una vida digna, como alimentación, vivienda, vestimenta, atención médica y otros gastos indispensables.

Además, cuando la persona mayor pierde autonomía, también pueden surgir responsabilidades vinculadas al cuidado y al acompañamiento.

En ese sentido, Glikin advirtió: «Nadie está obligado a convivir con su padre o madre mayor, pero existe una sanción penal por abandono de persona cuando un hijo deja en situación de desamparo a un padre o madre que no puede valerse por sí mismo».

Cómo se reparte la obligación entre hermanos

Cuando existen varios hijos, la responsabilidad corresponde a todos, aunque no necesariamente en partes iguales.

La ley establece que cada uno debe contribuir de acuerdo con su capacidad económica. Por ese motivo, quien posee mayores ingresos puede afrontar una porción superior de la asistencia respecto de un hermano con menores recursos.

Si no existe acuerdo familiar, un juez puede determinar cuál será la participación económica de cada hijo.

Sin embargo, el especialista remarcó que los mayores conflictos suelen aparecer por las tareas de cuidado cotidiano.

«La ley no resuelve el reparto del cuidado no económico: las visitas, los trámites o la coordinación médica. Ahí suele instalarse la sensación de injusticia entre hermanos», señaló Glikin.

¿Puede compensarse al hijo que más colaboró?

La respuesta es sí. Si un hijo realizó aportes económicos extraordinarios o afrontó gastos importantes para asistir a sus padres, puede solicitar una compensación durante el proceso sucesorio, siempre que pueda acreditar esas erogaciones.

«Los que hicieron un aporte mayor, y pueden comprobarlo, tienen derecho a solicitar que se compensen valores en la sucesión para equilibrar las cuentas históricas», indicó el abogado.

Cuáles son los límites de la obligación

El deber de asistencia no es absoluto. Los jueces analizan la situación económica de cada hijo antes de fijar una prestación, por lo que nadie puede ser obligado a cumplir una obligación imposible de afrontar.

Asimismo, la legislación contempla situaciones excepcionales en las que un padre puede perder el derecho a reclamar alimentos, por ejemplo, cuando existieron conductas graves de violencia o abandono hacia el hijo. En esos casos, la situación debe ser evaluada y probada judicialmente.

La importancia de planificar

Los especialistas recomiendan que las familias conversen estos temas antes de que aparezca una situación de urgencia.

Entre las herramientas previstas por la legislación figuran las directivas médicas anticipadas, la designación de apoyos para la toma de decisiones y distintos instrumentos patrimoniales que permiten organizar la administración de bienes y reducir futuros conflictos familiares.

Para Glikin, anticiparse es la mejor forma de evitar disputas: «La prevención pasa por anticipar, no por reaccionar», resumió.

Fuente: El Once.

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