Juzgado Civil y Comercial 3 de Concordia a cargo del Dr. Justo José de Urquiza, Secretaría del Dr. José Luis Sagasti, Concordia (E.R.), en los autos: TRUCCO, Alberto Juan Luis S/ SUCESORIO AB INTESTATO» (Expte. Nº 5841). Con fecha resuelto, 26 de febrero de 2025 -1.- DECRETAR la VENTA en PUBLICA SUBASTA del inmueble propiedad de quien en vida fuera Alberto Juan Luis TRUCCO, D.N.I.Nº 5.932.529, Matrícula Nº 114.936, U.F. 23, C.U., ubicado en Avenida Eva Perón y Ayuí (Oeste), La Bianca, Manzana A2, Planta Baja, Dpto. 23, Barrio 708 Viviendas, con una superficie de Ochenta y Dos Metros Cuadrados, Ochenta Decímetros Cuadrados. EL INMUEBLE SE ENCUENTRA OCUPADO. La misma se realizará a través del Portal Subastas Judiciales (Reglamento SJE, Acuerdo General Nº 29/21 del 28.09.2021, punto 1º), con intervención de la martillera designada en autos, Carolina Luján GONZALEZ, con domicilio constituido en calle Néstor Garat Nº 676 de esta ciudad. El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 6 de OCTUBRE de 2025, a la hora 08:00, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 13 de OCTUBRE de 2025, a la hora 08:00. Para participar de la subasta, los interesados (personas físicas o jurídicas) deberán estar previamente registrados como usuarios en el Portal de Subastas: https://subasta.jusentrerios.gov.ar, conforme art. 6 del Reglamento SJE.). 3.- CONDICIONES DE VENTA: a.- Base: el inmueble saldrá a la venta con una primera oferta del avalúo fiscal de Pesos Nueve Millones Trescientos Noventa y Dos Mil Novecientos Ocho con Setenta y Tres Centavos ($9.392.908,73), estableciéndose el monto incremental en Pesos Cinco Millones ($ 5.000.000,00) hasta alcanzar la cantidad de Pesos Veinticuatro Millones Trescientos Noventa y Dos Mil Novecientos Ocho Pesos con Setenta y Tres Centavos ($24.392.908,73); luego el monto incremental se fija en Pesos Dos Millones ($2.000.000,00) hasta alcanzar la suma de Pesos Treinta y Dos Millones Trescientos Noventa y Dos Mil Novecientos Ocho Pesos con Setenta y Tres Centavos ($32.392.908,73); luego el monto incremental se fija en Pesos Un Millón ($ 1.000.000,00) hasta alcanzar la suma de Pesos Treinta y Seis Millones Trescientos Noventa y Dos Mil Novecientos Ocho Pesos con Setenta y Tres Centavos ($36.392.908,73); y a partir de allí el monto incremental se fija en la suma de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000,00). b.- Comunicación de la oferta ganadora: la persona que resulte ser la mejor postora de la subasta, será notificada en su panel de usuario del Portal y en la dirección de correo electrónico denunciada al momento de su inscripción como Usuario del Sistema. El Tribunal agregará al expediente la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate. c.- Pago del precio: el ganador deberá efectivizar el pago de la seña correspondiente al diez por ciento (10%) del precio, más la comisión del martillero (4%) y el Impuesto al Valor Agregado, si correspondiere, y el costo por el uso del Sistema (1,5% más IVA) a través de cualquiera de las modalidades de pago autorizadas en el Portal, en el plazo de dos (2) días hábiles de finalizado el remate, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 26 del Reglamento SJE. El saldo del precio de compra se deberá abonar dentro de los cinco (5) días hábiles de aprobarse el remate mediante transferencia electrónica a la Cuenta Judicial Nº 137-106883/3, C.B.U.: 3860137203000010688338, perteneciente a estos autos, abierta en el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A. d.- Postor remiso, llamado al 2º o 3º postor: en caso de declararse postor remiso al primer postor (por no verificarse el pago de alguno de los importes correspondientes en los plazos indicados en el apartado anterior), se dará aviso desde el Portal y el mail denunciado en la inscripción como postor a quienes hubieren ofrecido la segunda o tercera mejor oferta para que, de mantener interés en la compra, se cumplimente con las obligaciones para resultar adquirente del bien subastado (art. 25 del Reglamento SJE). En caso de que ninguno de ellos mantenga interés en la compra, la subasta se declarará desierta. e.- Perfeccionamiento de la venta: aprobado el remate y verificada la integración del precio de compra por el Tribunal, se procederá a la tradición del inmueble, quedando perfeccionada la venta -art. 572 C.P.C.C.- f.- Compensación del precio para el acreedor: la eximición de todo o parte del precio obtenido en subasta a favor del acreedor, solo se admitirá en caso de autorización judicial previa (art. 15 del Reglamento SJE). g.- Obligaciones del comprador desde la toma de posesión: el adquirente estará obligado al pago de las contribuciones, impuestos y tasas fiscales desde el día de la toma de posesión de los mismos o desde que se hallare en condiciones de tomarla, art. 149 del Código Fiscal. h.- Impuestos y gastos de transferencia: dentro de los quince (15) días de notificada la aprobación del remate -art. 240 del Código Fiscal-, y para habilitar la transferencia del bien adquirido, el comprador deberá acreditar el pago del sellado previsto por el art. 205 del Código Fiscal y art. 13 inc. 5 a) de la Ley Impositiva, debiendo soportar todos los gastos relativos a la inscripción – arts. 1138 y 1141 del Código Civil y Comercial-. 4.- PUBLICAR EDICTOS por dos (2) veces en el Boletín Oficial y en el medio periodístico de esta ciudad que elija la parte ejecutante, anunciando la subasta, lo que deberá hacerse con seis (6) días hábiles de anticipación a la fecha del remate, haciendo constar en los mismos el estado de ocupación, sin identificar el nombre individual de las personas que ocupan el bien y horario de visita; debiendo transcribirse estrictamente la presente resolución sin hacer referencias de valoración sobre el bien a subastar. Asimismo deberá hacer constar que queda a disposición de las partes interesadas el expediente para el examen del título y deudas que pesen sobre el inmueble. 5.- HACER SABER a la martillera que deberá: a) Publicar en el Portal dentro del plazo de los cinco (5) días contados desde la notificación de la presente, una descripción detallada del inmueble, al menos seis (6) fotografías y/o un video que reflejen adecuadamente el estado, calidad y dimensiones del bien a subastar. Además imágenes de los informes de dominio, del título, del mandamiento de constatación, sus datos profesionales y de contacto y toda otra información que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos; b) Responder adecuadamente las consultas de los interesados dentro de las veinticuatro (24) horas de realizadas en el Portal, de manera que los interesados tengan mayor conocimiento de las características del bien objeto de la venta …Justo José de Urquiza Juez La presente se suscribe mediante firma digital -Acuerdo General STJER N° 33/22, del 04/10/2022, Pto. 6º c






