
El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 3 de esta ciudad de Concordia y a cargo del Dr. JUSTO JOSE DE URQUIZA, Secretaria N° 4, a cargo del Dr. JOSE LUIS SAGASTI, ha dispuesto en los autos «NOVAK, Graciela Beatriz Zulema S/ SUCESORIO AB INTESTATO» (Expte. N° 7425), citar a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la Señora GRACIELA BEATRIZ ZULEMA NOVAK, M.I. N° 5.883.978, ocurrida en esta ciudad de Concordia en fecha 01 de septiembre de 2017, vecina que fuera de esta ciudad de Concordia; para que lo acrediten dentro del término de treinta (30) días corridos (conf. art. 2340 del Cód. Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley Nº 26.994, vigente a partir del1º/08/2015 y art. 728 del C.P.C. y C.).-
Para mejor recaudo, se transcribe la resolución que lo dispone y en su parte pertinente: “CONCORDIA, 08 de abril de 2025.- ….-; RESUELVO: 1.- ….-; 2.- ….-; 3.- DECRETAR la apertura del juicio SUCESORIO AB INTESTATO de Graciela Beatriz Zulema NOVAK, D.N.I. Nº 5.883.978, vecina que fue de esta ciudad. 4.- MANDAR publicar edictos por TRES DIAS en el Boletín Oficial y Diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento de la causante, para que dentro del plazo de TREINTA DIAS CORRIDOS lo acrediten, bajo apercibimiento de ley. 5.- LIBRAR OFICIO a la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos -Sección Juicios Universales- con asiento en Paraná (Disposición Técnico Registral Nº 5 D.G.N.R.A. del 08/11/2006).-….-“Firmado: Dr. JUSTO JOSE DE URQUIZA – Juez –
Concordia, 10 de abril de 2025.-