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EDICTO: «BENITEZ, Olga del Carmen S/ SUCESORIO AB INTESTATO» (Expte. Nº 11462)

EDICTO: «BENITEZ, Olga del Carmen S/ SUCESORIO AB INTESTATO» (Expte. Nº 11462)

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°6, de la ciudad de Concordia, a cargo del Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, secretaria a cargo de la Dra. Natalia Gambino, cita y emplaza a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de Benítez Olga Del Carmen, D.N.I. 10.198.148, ocurrida el 04 de octubre de 2024, vecina de esta ciudad de Concordia, y a los herederos denunciados, Benítez Carlos Abel, Ayala Pedro Pablo y Benítez Celia Del Carmen, para que en el término de TREINTA (30) DIAS CORRIDOS de notificadas comparezcan a estos autos a tomar la intervención que legalmente les corresponda, bajo apercibimiento de ley, en los autos caratulados «BENITEZ, Olga del Carmen S/ SUCESORIO AB INTESTATO» (Expte. Nº 11462).- 

  La resolución que así lo ordena textualmente dice: /// Concordia, 5 de febrero de 2026. VISTO: … RESUELVO: 1.- … .- 2.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, DECRETAR la apertura del juicio SUCESORIO de Olga del Carmen BENITEZ, DNI Nº 10.198.148, fallecida en Concordia el día 04 de Octubre de 2024, vecino que fuera de esta ciudad.- 3.- CITAR por edictos a los herederos denunciados, Benítez Carlos Abel, Ayala Pedro Pablo y Benítez Celia Del Carmen, para que en el término de TREINTA (30) DIAS CORRIDOS de notificadas comparezcan a estos autos a tomar la intervención que legalmente les corresponda, bajo apercibimiento de ley. – 4.- MANDAR a publicar Edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local para que en el plazo de TREINTA DIAS CORRIDOS se presenten todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que así lo acrediten.- 5.- … .- 6.-… .- 7.- … .- 8.-…. .- A lo demás, oportunamente. Notifíquese, conforme los arts. 1 y 4 del Acuerdo General STJ Nº 15/18 S.N.E. Fdo.: Alejandro Daniel RODRIGUEZ Juez La presente se suscribe mediante firma digital -Resolución STJER N° 33/22, del 04.10.2022, Pto. 6º c).-

Publíquese por tres veces.-

 Concordia, 20 de febrero de 2026.-

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