
E D I C T O: «BALLESTEROS, Pedro Felipe y OJEDA, Maria Beatriz S/ SUCESORIO AB INTESTATO» (Expte. Nº 10920/25)
El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de esta ciudad de Concordia, a cargo del Dr. Gabriel Belén, Secretaría a cargo de la Dra. Gimena Bordoli, comunica que en los autos caratulados «BALLESTEROS, Pedro Felipe y OJEDA, Maria Beatriz S/ SUCESORIO AB INTESTATO» (Expte. Nº 10920/25) CITA Y EMPLAZA por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores de los causantes y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de Pedro Felipe BALLESTEROS, D.N.I. Nº 5.826.800, fallecido el día 27 de octubre del 2021 en Concordia, E.R; y de María Beatriz OJEDA, D.N.I. N° 11.352.648, fallecida el día 24 de enero del 2025 en Concordia, casados, vecinos de nuestra ciudad; Concordia – Entre Ríos.- Se transcribe la resolución que así lo ordena: Concordia, 3 de abril de 2025. VISTO: … RESUELVO: 1.- TENER … 2.- TENER por presentados a los Sres. Darío Daniel, Gustavo Oscar, Mario Miguel, María Lorena, Nanci Daniela, Jorge Nicolás y Dana Gabriela BALLESTEROS, los cuatro primeros en ejercicio de sus propios derechos -hijos de los causantes- y los demás en ejercicio del derecho de representación de su padre prefallecido Jorge Pedro BALLESTEROS, con el patrocinio letrado de la Dra. Eliana Luján PAULUCCI, con el domicilio denunciado por constituido, por parte, déseles intervención. 3.- DECRETAR la apertura del juicio SUCESORIO de Pedro Felipe BALLESTEROS, D.N.I. Nº 5.826.800 y de María Beatriz OJEDA, D.N.I. N° 11.352.648, vecinos que fueran de esta ciudad. 4.- MANDAR publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por TREINTA DÍAS CORRIDOS a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, para que así lo acrediten. 5.- … 6.- … 7.- … 8.- … A lo demás, oportunamente. Notifíquese conforme los arts. 1 y 4 del Acuerdo General STJ Nº 15/18 SNE. GABRIEL BELEN JUEZ La presente se suscribe mediante firma digital Resolución STJER N° 33/22, 4.10.2022, Pto. 6° c
Publíquese por tres veces.-
Concordia, 10 de abril del 2025.-