29 de septiembre de 2023

Despertar Entrerriano

Diario de Concordia

Amplían la «declaración electrónica» de mercadería en los pasos fronterizos de la costa del río Uruguay

Desde esta semana, rige en forma obligatoria la declaración electrónica de «Franquicia de Turistas» y «Tráfico Fronterizo», en el marco del plan piloto que la Dirección Nacional de Aduanas de la República Oriental del Uruguay había comenzado a aplicar con anterioridad en el cruce Salto- Concordia. Ahora, también estará vigente en los puentes internacionales «General Artigas» (Paysandú- Colón) y «General San Martín» (Fray Bentos- Gualeguaychú).

Fuentes de Aduanas de Salto indicaron que a partir de la fecha la persona que ingresa a Uruguay con mercadería tiene que tener una declaración jurada, la cual tiene un código QR que se escanea en el puente para controlar que cruzó dentro de la quincena, ya que la ley prevé 5 kilos por cada persona mayor de edad cada 15 días. A la vez, quien no ingrese con mercadería no necesita hacer esa declaración.

El ciudadano puede salir del país sin hacer el trámite, pues lo importante es que la tenga cuando vaya a retornar a territorio uruguayo.

De acuerdo con la resolución, «si el usuario no ingresó la Declaración de Franquicia de Turista y Tráfico Fronterizo, según el caso, o habiéndose ingresado la misma, la mercadería no cumple con los requisitos establecidos en las normas, se procede a iniciar el procedimiento infraccional correspondiente».

Asimismo, dejan aclarado a la población residente en las zonas fronterizas que está permitido ingresar al vecino país con mercadería que «no supere los 5 kilos por persona mayor de edad y una vez cada 15 días, se trate de un surtido variado, destinado a la subsistencia de la unidad familiar y no incluyan mercaderías sujetas a restricciones o prohibiciones según la norma vigente».

Paralelamente, en el cruce Paysandú- Colón funcionarios estaban entregando a la población folletos explicativos sobre esta resolución. En tal sentido, el usuario -mayor de 18 años de edad, que lleve hasta 5 kilos de mercadería- debe realizar dicha declaración ingresando a www.aduanas.gub.uy, siguiendo estos pasos: hacer clic en «Declaraciones» (recuadro azul en el margen superior derecho), seleccionar «Tráfico Fronterizo» o «Franquicia Turista», escribir una dirección de correo electrónico, abrir en ese mail la «Declaración Jurada de Aduanas», completar el formulario y descargarlo, imprimirlo o realizar captura de pantalla.

Fuente: Diario El Telégrafo de Paysandú

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