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Asociación Comedor Comunitario San Andrés – Asamblea General Ordinaria –  Convocatoria

Asociación Comedor Comunitario San Andrés – Asamblea General Ordinaria – Convocatoria

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Conforme a lo establecido en el Art. 13 Inc. C. de los Estatutos convocase a los Socios de la Asociación Comedor Comunitario San Andrés, de la Ciudad de Concordia a la Asamblea General Ordinaria que tendrá lugar el día: 31 DE JULIO DE 2025, a las 17:00 horas.

En su local de calle Saavedra y Cortada Norte – Casa A-9, para tratar el siguiente:

Orden del Día

Punto N° 1: Lectura y aprobación del Acta anterior.-

Punto N° 2: Consideración del Balance General, Cuentas de Gastos y Recursos, Memoria e Informe de Revisores de Cuentas del Ejercicio cerrado el 31 de Diciembre de 2022.-

Punto N° 3: Consideración del Balance General, Cuentas de Gastos y Recursos, Memoria e Informe de Revisores de Cuentas del Ejercicio cerrado el 31 de Diciembre de 2023.-

Punto N° 4: Consideración del Balance General, Cuentas de Gastos y Recursos, Memoria e Informe de Revisores de Cuentas del Ejercicio cerrado el 31 de Diciembre de 2024.-

Punto N° 5: Consideración de la solicitud de ingreso de nuevos socios ingresadas por Secretaria.-

Punto N° 6: Consideración de notas de renuncias de Socios ingresadas por Secretaria.-

Punto N° 7: Designación de 2 (dos) Asambleístas para que firmen el Acta de Asamblea, juntamente con el Presidente y Secretario.-

García Ivana Jorgelina                          Vargas Olga Luisa

 Secretaria.                                              Presidente.

Art. 32: El quórum para cualquier tipo de Asamblea será la mitad mas uno de los miembros con derecho a participar. En caso de no alcanzar este número a la hora fijada, la Asamblea podrá sesionar validamente 30 (treinta) minutos después con los miembros presentes, cuyo número no podrá ser menor al de los miembros de la Comisión Directiva y de Fiscalización.

Las Resoluciones de la Asamblea se adoptaran por mayoría de la mitad mas uno de los miembros presentes, salvo en lo que el presente Estatuto fije una mayoría superior, ninguna Asamblea sea cual fuere él número de presentes, podrá considerar asuntos no incluidos en la convocatoria.-

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