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Edicto: «PAIZ, Jorge Guillermo s/ SUCESORIO AB INTESTATO» (Expte. Nº13909)

Edicto: «PAIZ, Jorge Guillermo s/ SUCESORIO AB INTESTATO» (Expte. Nº13909)

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, a cargo del Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Secretaría a cargo de la Dr. José María Ferreyra, de la Ciudad de Concordia en los autos caratulados «PAIZ, Jorge Guillermo s/ SUCESORIO AB INTESTATO» (Expte. Nº13909) cita y emplaza por el término de treinta (30) días corridos a herederos y acreedores de quien fuera en vida Don PAIZ JORGE GUILLERMO, DNI N° 18.102.978 fallecido en Concordia el 09/06/2022, vecino de esta ciudad. La resolución que ordena el presente en su parte pertinente dice:

«Concordia, 31 de mayo de 2023: VISTO: ….RESUELVO: 1.- TENER por presentados a María Griselda FERNANDEZ – DNI N° 14.687.483-, JORGE LUIS PAIZ -DNI N° 33.684.731-, MARIA ELENA PAIZ -D.N.I Nº 35.557.539- y ADRIÁN EZEQUIEL PAIZ -D.N.I N° 36.695.236-, con el patrocinio letrado de la Dra. Ruth E. Ziegler, con domicilio denunciado constituido, por parte, se le otorga intervención. 2.- DECRETAR la apertura del juicio SUCESORIO de JORGE GUILLERMO PAIZ -DNI N° 18.102.978-, vecino que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar PUBLICAR EDICTOS por TRES VECES en el Boletín oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local, -tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por TREINTA DIAS CORRIDOS a los herederos y/o sucesores del causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, bajo apercibimiento de ley -art. 728 inc. 2º) CPCC. y art. 2340 C.C.C. Ley 26.994-. 4.- …. 5.- … 6.- …  7.- … 8.- … 9.- … A lo demás, oportunamente. Firmado electrónicamente por Julio C. Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial. (Resolución STJER N° 28/20, 12/04/2020, Anexo IV). En igual fecha notifiqué al Ministerio Fiscal. Firmado electrónicamente por José María Ferreyra, Secretario. (Resolución STJER N° 28/20, 12/04/2020, Anexo IV).»

Concordia, 29 de diciembre de 2023.

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