Proponen una ley que cambia el enfoque en denuncias por violencia laboral hacia uno que la prevenga y la erradique
El proyecto de ley marca una diferencia con la actual Ley N° 9.671 de Violencia Laboral en Entre Ríos, que recepta y reconoce las denuncias y las sanciona con multas, en que las transformaciones en el mundo del trabajo y las nuevas formas de violencia y acoso, especialmente por razones de género, exigen una actualización normativa. Propone que el Estado intervenga para prevenirlas y eliminarlas.
Un proyecto de ley que ingresó este viernes en la Cámara de Diputados de la provincia se propone “prevenir, abordar y erradicar la violencia y el acoso en el ámbito del trabajo, a los fines de promover ambientes laborales seguros, dignos y saludables, en los términos que establece el Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo –Convenio 190- de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado mediante la Ley Nº 27.580 a la cual la Provincia de Entre Ríos adhirió mediante la Ley N° 11.120”.
Ya no da respuestas satisfactorias
En los fundamentos se expresó que el estado de situación de la problemática, que se agudiza por los vertiginosos cambios en el mercado del trabajo, “… deja en claro que la normativa actual ya no alcanza para dar respuestas satisfactorias a una problemática que ocurre con frecuencia y, muchas veces, de manera silenciosa”. No obstante se sostuvo que “no se trata solo de actualizar la ley vigente, sino de proponer un cambio de dirección, de pasar de un enfoque centrado en la denuncia y la sanción a uno que prevenga, acompañe y erradique la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, en consonancia con lo dispuesto por el Convenio 190 de la OIT”. En este sentido se afirmó que el proyecto “busca justamente ampliar derechos, mejorar los mecanismos existentes y poner en el centro a las personas trabajadoras que sufren de violencia”.
El proyecto, cuyo autor es el diputado de Juntos por Entre Ríos, Juan Manuel Rossi, define: “a) Violencia y acoso en el ámbito del trabajo: es el conjunto de comportamientos, prácticas o amenazas que tengan por objeto, causen o sean susceptibles de causar daño físico, psicológico, sexual o económico, incluyendo la violencia por motivos de género. b) Violencia por motivos de género: es aquella violencia y acoso dirigidos contra personas por razón de su género, identidad o expresión de género, orientación sexual, o que las afecte desproporcionadamente”.
Principios rectores
Como principios rectores del proyecto se enumeró: “a) Prevención. b) Igualdad y no discriminación. c) Trabajo decente. d) Diligencia debida. e) Confidencialidad. f) No revictimización. g) Perspectiva de género. h) Acceso a la justicia. i) Participación sindical y gremial. j) Protección frente a represalias. k) Garantía de indemnidad”.
También determina como ámbito de aplicación: “a) En forma obligatoria y plena para el sector público provincial. b) En el sector privado, en materia de políticas de prevención, deberes de diligencia y control administrativo, sin alterar el régimen sustantivo del contrato de trabajo regulado por la legislación nacional”.
Paso significativo
Rossi recordó que “en el año 2005, con la sanción de la Ley N° 9.671 de Violencia Laboral, Entre Ríos dio un paso significativo al reconocer y sancionar con multas el maltrato físico, psíquico, social y el acoso en el ámbito laboral; mientras que a su vez, estableció por primera vez un procedimiento formal para la recepción y tratamiento de denuncias en casos de violencia en el ámbito laboral”. Sin embargo, entendió que “las transformaciones ocurridas en el mundo del trabajo y las nuevas formas de violencia y acoso (en particular, aquellas motivadas por razones de género) exigen en estos tiempos una actualización normativa que asuma esta nueva realidad”.
“A diferencia”
En el proyecto se distinguió que “a diferencia de la Ley N° 9.671 vigente, que se enfoca principalmente en recibir denuncias y sancionar hechos de violencia laboral, nuestro proyecto además propone intervenir desde el Estado para prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluyendo la violencia y el acoso por razones de género (Art. 2°)”.
Rossi también expresó que “por otra parte, amplía el alcance de la ley vigente ya que abarca, además de las personas en relación de dependencia, a todos los trabajadores prestadores de servicios, pasantes, becarios, contratistas y proveedores (Art. 5°)”. Asimismo destacó que “también, precisa las responsabilidades de los empleadores, tanto del sector público provincial como del privado (Art. 8° y 9°), crea un equipo interdisciplinario de profesionales para el abordaje y acompañamiento de las personas denunciantes (Art. 16), establece mecanismos de denuncia seguros y accesibles (Art. 17) y prevé medidas de protección para las personas afectadas (Art. 18)”.
En el proyecto se mencionó que en 2019 “la Organización Internacional del Trabajo (OIT) aprobó el Convenio 190 sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, reconociendo expresamente el derecho de toda persona a un ambiente de trabajo libre de violencia y acoso”, definiendo las “obligaciones para los Estados en materia de prevención, protección, reparación y sanción, así como también responsabilidades concretas para empleadores y trabajadores, tanto del sector público como del privado, en la prevención y el abordaje de estas situaciones”.
Rossi recordó que “a dicho convenio, que fue ratificado por la República Argentina mediante la Ley N° 27.580 en el año 2020, adhirió la Provincia de Entre Ríos a través de la Ley N° 11.120 en noviembre del año 2023. Partiendo de estos antecedentes, es que proponemos con nuestra iniciativa instrumentalizar las disposiciones definidas en el Convenio 190 para beneficio de las y los trabajadores entrerrianos”.
Uno de cada cinco
El legislador adicionó que “según un informe de la OIT, una de cada cinco personas trabajadoras en el mundo ha sufrido violencia o acoso a lo largo de su vida laboral, más precisamente: el 17,9 % manifestó haber experimentado violencia psicológica, el 8,5 % violencia física y el 6,3 % violencia o acoso sexual; cifras que además se estiman conservadoras debido a que casi la mitad de las víctimas no denuncia ni comunica los hechos por temor a represalias o falta de confianza en los mecanismos institucionales (OIT & Fundación Lloyd’s Register, 2023)”.
Añadió que “en Argentina, seis de cada diez personas trabajadoras han sido objeto de violencia o acoso laboral en el trabajo. Entre las víctimas, las cuáles podían señalar más de un tipo de violencia, la violencia psicológica fue la más mencionada (78% de los casos), seguida de situaciones de discriminación (67%), violencia de índole sexual (52%) y violencia física (35%) (Universidad Nacional de Avellaneda & OIT, 2021)”.
En Entre Ríos: una coordinadora y dos psicólogos
Rossi precisó que en Entre Ríos, en el marco del Programa Defender (Res. 0330/2012), “un equipo técnico integrado por una coordinadora y dos psicólogos, es el encargado de intervenir ante denuncias de violencia y/o acoso laboral”. Añadió que “según la coordinadora María Verónica Torrigiani, el equipo, además de atender los casos ingresados en la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, colabora de manera permanente con los juzgados laborales a los fines de evaluar las medidas dispuestas por ellos”.
La intervención del equipo consiste en entrevistar “a la persona consultante para evaluar la pertinencia de las medidas judiciales adoptadas y determinar si corresponde su continuidad, profundización o cese, conforme a los resultados del análisis realizado. A modo de ejemplo, durante el año 2025 las denuncias registradas por violencia y/o acoso laboral fueron 82, mientras que el equipo intervino en 41 oportunidades por requerimiento de jueces laboralistas”.
Fuente: APFDigital






