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EDICTO: “SOSA ELEODORO Y MACHAY DORA ISABEL S/ SUCESORIO SIN TESTAMENTAR” Expte. N° 11575

EDICTO: “SOSA ELEODORO Y MACHAY DORA ISABEL S/ SUCESORIO SIN TESTAMENTAR” Expte. N° 11575

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El Juzgado de 1ra Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 de la Ciudad de Concordia, Entre Ríos sito en calle Mitre N° 28, correo electrónico: jdocyc6-con@jusentrerios.gov.ar, a cargo del Dr. Rodriguez Alejandro Daniel -Juez-, Secretaría a cargo de la Dra. Natalia Gambino – Secretaria- en los autos caratulados: “SOSA ELEODORO Y MACHAY DORA ISABEL S/ SUCESORIO SIN TESTAMENTAR” Expte. N° 11575 cita por el término de 30 (TREINTA) DIAS CORRIDOS a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de ELEODORO SOSA DNI N° 01.905.974, vecino que fuera de la ciudad de Concordia, nacido en Concordia, Entre Ríos el 03 de julio de 1923 y fallecido el 20 de julio de 2013 en la misma ciudad y de DORA ISABEL MACHAY DNI N° 05.030.026, nacida el día 01 de septiembre de 1928 en Gualeguaycito (Federación), Entre Ríos y fallecida el día 11 de noviembre del 2018 en la ciudad de Concordia. Se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo ordena y que dice: “Concordia, 22 de mayo de 2026. VISTO: …RESUELVO: 1.- TENER por presentados a los Sres. DORA ESTER SOSA, CARLOS ALBERTO SOSA, NORMA GLADYS SOSA, GRACIELA ISABEL SOSA y ALICIA BEATRIZ SOSA, en ejercicio de su propio derecho, con el patrocinio letrado del Dr. VALENTINA VOLPI, con el domicilio real denunciado y procesal constituido, por parte, déseles intervención. 2.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de las partidas de defunción acompañada, DECRETAR la apertura del juicio SUCESORIO de Eleodoro SOSA, DNI M nº 1.905.974, fallecido en Concordia el día 20/07/2013 y de Dora Isabel MACHAY, DNI F n° 5.030.026, fallecida en Concordia el día 11/11/2018, ambos vecinos que fueran de esta ciudad. 3.- MANDAR a publicar Edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local para que en el plazo de TREINTA DIAS CORRIDOS se presenten todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten. 4.- DAR intervención al Ministerio Fiscal. 5.- …. 6.- ….- 8.- …. 9.- …. 10.- …. A lo demás, oportunamente. NOTIFIQUESE, conforme arts. 1 y 4 Acordada 15/18 SNE. Alejandro Daniel RODRIGUEZ Juez La presente se suscribe mediante firma digital -Resolución STJER N° 33/22, del 04.10.2022, Pto. 6º c)- …. Conste Dra. Natalia GAMBINO Secretaria La presente se suscribe mediante firma digital -Resolución STJER N° 33/22, del 04.10.2022, Pto. 6º c)-

Concordia (E.R.), 3 de junio de 2026.

Publíquese por 3 veces

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