El juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de Concordia a cargo del Dr. JORGE IGNACIO PONCE Juez, Secretaría a cargo del Dr. Alejandro Centurión, sito en calle Mitre N° 26/28 Piso 2° de esta Ciudad, correo electrónico jdocy4-con@jusentrerios.gov.ar en los autos caratulados “PERALTA, Omar Enrique S/ SUCESORIO AB INTESTATO” (Expte. N° 12109) cita y emplaza por el término de (30) treinta días corridos a herederos y/o acreedores y/o quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OMAR ENRIQUE PERALTA DNI 8.580.405 vecino que fuera de esta ciudad y que falleciera en fecha 10/06/2025, en la Ciudad de Concordia para que así lo acrediten bajo apercibimiento de ley.-
La resolución que así lo dispone en su parte pertinente dice “Concordia, 10 de diciembre de 2025 VISTO: El promocional presentado en fecha 05.12.2025 (conforme Art. 2, segundo párrafo del Reglamento N° 1 de Presentaciones Electrónicas), lo peticionado, documental adjunta, acreditado el deceso del causante con el Acta de Defunción acompañada, con las demás constancias de autos se justifica la calidad de parte legítima que se atribuyen respecto del mismo; de conformidad con lo preceptuado por el artículo 2336 y concordantes del Código Civil y Comercial Ley 26.994; artículos 718, 728 y concordantes del C.P.C.C., y artículo 135 de la Ley 6964; RESUELVO: 1.- TENER por presentados a Irma SALINAS, Hugo Guillermo PERALTA y Stella Maris PERALTA, en ejercicio de sus propios derechos, con patrocinio letrado de la Dra. Adriana BACIGALUPPE, domicilio real denunciado y procesal constituido, a quienes se les otorga intervención conforme a derecho. 2.- ACLARAR los números de D.N.I. del Sr. Hugo Guillermo PERALTA y de la Sra. Stella Maris PERALTA, atento diferir los consignados en el promocional -2.662.884 y 3.805.465- con los que surgen de los testimonios de nacimiento acompañados -26.628.884 y 34.805.465-. 3.- DECRETAR la apertura del juicio SUCESORIO AB INTESTATO de OMAR ENRIQUE PERALTA, D.N.I. N° 8.580.405, vecino que fue de esta ciudad. 4.- MANDAR publicar edictos por TRES DIAS en el Boletín Oficial y Diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de TREINTA DIAS CORRIDOS lo acrediten, bajo apercibimiento de ley. 5.- … 6.- … 7.- … 8.- … 9.- … 10.- … 11.- AGRÉGUESE a sus antecedentes la boleta de aporte Caja Forense y ticket de pago por los conceptos de aporte previsional y estampilla de actuación letrada. A lo demás, oportunamente. Jorge Ignacio Ponce Juez.-
ALEJANDRO CENTURIÓN
SECRETARIO
Concordia, 13 de Marzo de 2026.






