El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 a cargo del Dr. Jorge I. Ponce, Secretaría nº 2 del Dr. Alejandro Centurión, sito en calle Mitre 28, 2º piso de esta ciudad de Concordia, Entre Ríos, en los autos caratulados «FERREYRA, Omar Humberto C/ BARON HERMANOS SRL S/ USUCAPION – Expte. Nº 12107” CITA al Sr. Gerente de la Sociedad BARON HERMANOS S.R.L. y/o a quienes se consideren con derecho respecto al inmueble objeto del juicio –usucapión- para que comparezcan a estas actuaciones dentro del plazo de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de designarse Defensor de Ausentes.
El inmueble a usucapir está ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Concordia, Municipio de Concordia, Planta Urbana, Manzana Nº 2.798 (4 Sur – 5 Este), con domicilio parcelario en calle Rivadavia Nº 435, Partida Provincial Nº 02-166480/6 (anterior 02-108728/8), Partida Municipal Nº 74.697 (anterior 24.408), inscripto en el Registro Público de Concordia a nombre de Baron Hermanos SRL, al Folio 155, Tomo 62, Nº de Entrada 177, Finca Nº 21.806, Propiedad Concordia Urbana, fecha de inscripción 13.01.1949, con una superficie de 143,81m² (que corresponde a uno de mayor extensión de 3.229,46m²), Plano de Mensura Nº 78.751 registrado en la Dirección de Catastro de la Provincia de Entre Ríos con fecha 20.10.2016. El inmueble tiene los siguientes límites y linderos: al NORTE: Recta (1-2) edificada al rumbo Sur 77º 00′ Este de 19,70 metros divisoria con Enrique SAFRANCHIK; al ESTE: Recta (2-3) edificada al rumbo Sur 13º00′ Oeste de 7,30 metros divisoria con Enrique SAFRANCHIK; al SUR: Recta (3-4) edificada al rumbo Norte 77º00′ Oeste de 19,70 metros divisoria con María Cristina MANCIONI y Otra; y al OESTE: Recta (4-1) edificada al rumbo Norte 13º00′ Este de 7,30 metros divisoria con calle Rivadavia.-
La resolución que ordena el presente, en su parte pertinente dice: “Concordia, 15 de diciembre de 2025 VISTO: …- RESUELVO: ….- 2.- TENER por promovido por Omar Humberto FERREYRA contra BARON HERMANOS S.R.L. y/o quienes se consideren con derecho respecto al inmueble motivo de la litis -artículo 669 inc. 3 del C.P.C.C.-, el presente JUICIO ORDINARIO de ADQUISICION de DOMINIO por USUCAPION, por los conceptos y fundamentos expresados.… 4.- CITAR mediante EDICTOS que se publicarán por DOS DIAS en el Boletín Oficial y en un Diario local al Gerente de la Sociedad BARON HERMANOS S.R.L. y/o a quienes se consideren con derecho respecto al inmueble objeto del juicio, el que según el Plano de Mensura Nº 78.751 confeccionado por el Agrimensor Rubén D. CARRAZONI y registrado en la Dirección de Catastro de la Provincia de Entre Ríos con fecha 20.10.2016, se encuentra ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Concordia, Municipio de Concordia, Planta Urbana, Manzana Nº 2.798 (4 Sur – 5 Este), con una superficie de 143,81m² (que corresponde a uno de mayor extensión de 3.229,46m²), Partida Provincial Nº 02-166480/6 (anterior 02-108728/8), Partida Municipal Nº 74.697 (anterior 24.408), inscripto en el Registro Público de Concordia al Folio 155, Tomo 62, Nº de Entrada 177, Finca Nº 21.806, Propiedad Concordia Urbana, fecha de inscripción 13.01.1949, con domicilio parcelario en calle Rivadavia Nº 435 de esta ciudad de Concordia, cuyos límites y linderos son: al NORTE: Recta (1-2) edificada al rumbo Sur 77º 00′ Este de 19,70 metros divisoria con Enrique SAFRANCHIK; al ESTE: Recta (2-3) edificada al rumbo Sur 13º 00′ Oeste de 7,30 metros divisoria con Enrique SAFRANCHIK; al SUR: Recta (3-4) edificada al rumbo Norte 77º 00′ Oeste de 19,70 metros divisoria con María Cristina MANCIONI y Otra; y al OESTE: Recta (4-1) edificada al rumbo Norte 13º 00′ Este de 7,30 metros divisoria con calle Rivadavia, para que comparezcan a estas actuaciones dentro del plazo de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de designarse Defensor de Ausentes. … 6.- HACER LUGAR a la exención de copias interesada, atento su voluminosidad -artículo 118 del C.P.C.C.-, sin perjuicio de hacer saber que las mismas se encuentran digitalizadas en el expediente. … 10.- HÁGASE SABER a las partes que el presente juicio tramitará bajo el formato de «proceso por audiencias», conforme Proyecto de Implementación de la Oralidad Efectiva en los Procesos de Conocimiento Civiles y Comerciales de la provincia (Acuerdo General del STJER Nº 33/17) y Reglamento de actuación para la gestión del proceso por audiencias, aprobado por Acuerdo General del STJER Nº 18/18 de fecha 19/06/2018, punto 2, el que se encuentra disponible en el sitio web del Poder Judicial de Entre Ríos. …- A lo demás, oportunamente. Fdo. Dr. Jorge Ignacio Ponce. Juez
Publíquese por dos días.-
Concordia, 16 de diciembre de 2025.- Fdo. Alejandro Centurión. Secretario






